El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) resolvió en la sesión efectuada el 7 de agostosancionar a VTR a raíz de un momento ocurrido en CNN Chile, señal que está presente en su oferta de canales.
Durante la cobertura de las elecciones de los miembros al Consejo Constitucional en mayo, el periodista Felipe Hernández intervino en la conferencia de prensa convocada por el alcalde de La Florida, Rodolfo Carter. Durante la intervención, Hernández consultó al edil sobre el presunto llamado que habría hecho el Partido Republicano y su líder, José Antonio Kast, de anular o dejar el voto en blanco, situación que el alcalde desconocía en ese momento.
Poco después, la facción de derecha negó el mensajey el profesional admitió su error. A pesar de esto, la entidad reguladora recibió más de 200 denuncias, las cuales fueron consideradas y llevaron a la decisión de presentar cargos contra el servicio de televisión de pago.
Después de la apelación presentada por VTR, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) decidió sancionar a la compañía con 100 Unidades Tributarias Mensuales (aproximadamente $6,3 millones) por infringir las normas que garantizan el correcto funcionamiento de los servicios de televisión.
Entre los argumentos expuestos por el organismo, afirman que "la permisionaria incurrió en un ejercicio abusivo de la libertad de expresión, desapegado de los estándares que imponen la Constitución, la ley y los tratados internacionales, en tanto desatendió su deber de informar adecuadamente a la ciudadanía, entregando información que no solo resultó ser falsa, sino que pudo haber influido en el desarrollo de la contienda electoral, perjudicando las posibilidades de elección de los candidatos de un partido político, al afirmar que su dirigencia había llamado a votar nulo o en blanco".
¿Qué tiene que ver VTR?
La pregunta que a menudo surge en estos casos es por qué se sanciona al servicio de televisión de pago en lugar del canal que emite la situación controvertida.
La justificación del CNTV se sustenta en el artículo 13 de la ley que regula los servicios de televisión (18.838), el cual establece la responsabilidad de la compañía que transmite o retransmite señales.
Asimismo, dicha norma afirma que "los concesionarios de servicios de radiodifusión televisiva de libre recepción y permisionarios de servicios limitados de televisión serán exclusiva y directamente responsables de todo y cualquier programa, nacional o extranjero, que transmitan, aun cuando se trate de transmisiones o retransmisiones vía satélite".