La Corte Suprema rechazó un recurso de protección interpuesto por familiares de Sebastián "Cangri" Leiva en contra de Televisión Nacional (TVN) por el polémico reportaje exhibido en agosto de 2019 en el programa Informe Especial y que lleva por nombre "La historia desconocida en la muerte de Cangri".
La familia del malogrado joven acusó que en la investigación periodística "se cita una declaración policial, emanada de Sebastián Cornejo, que contiene imputaciones que denostan la honra del fallecido Leiva Bravo, pese a lo cual fueron hechas públicas por el medio de comunicación social recurrido, situación que no sólo agrava el dolor de la familia, sino que, además la deja expuesta al escarnio y cuestionamiento público", se lee en el texto legal.
Sin embargo, el fallo de la Corte Suprema rechazó esta posición, considerando que "en este caso, en consecuencia, se trata de la develación de hechos de relevancia pública respecto de los cuales ha de prevalecer la libertad de información por sobre el derecho al honor, en atención al derecho que tiene la ciudadanía de conocer aquellas circunstancias y conductas de relevancia pública, misma que está dada, a su turno, por la importancia o trascendencia general de los hechos en sí".
Asimismo, el fallo consigna que "forzoso es concluir que la injerencia en el ámbito del honor ajeno encuentra su justificación en una causa de interés público, en la relevancia pública del asunto, precisamente porque, en tales casos, el derecho lesionado (honra ajena) aparece como un valor menor frente al derecho de la sociedad a formarse opinión sobre la denuncia de hechos que podrían tener el carácter de delictuales".
En esa línea, se agrega que el accionar de TVN "que se denuncia como ilegal y arbitrario no es tal, desde que se ha ajustado a la normativa vigente, a la vez que tampoco puede ser calificada de arbitraria, toda vez que su proceder no resulta caprichoso y, por el contrario, encuentra un fundamento racional en el ejercicio del así llamado periodismo investigativo".