Contundente fallo: Corte rechaza censura previa y respalda el trabajo periodístico de TVN

En una resolución que marca un precedente, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó un recurso de protección que buscaba impedir que TVN emita un reportaje, respaldando así el trabajo periodístico del canal estatal.

Según consigna Diario Constitucional, la acción judicial fue interpuesta por una abogada que, al enterarse de que el reportaje abordaría una querella penal en la que está involucrada, intentó frenar su emisión. La profesional argumentó que la pieza audiovisual representaba una amenaza a su honra y vida privada, calificándola como un “juzgamiento extrajudicial” y un acto “ilegal y arbitrario”.

También te podría interesar: Corte de Valparaíso rechaza recurso y refuerza el rol de TVN en la libertad de prensa

No te pierdas:  Golpe de timón en el podio: Chilevisión desbanca a Mega en una mañana marcada por la contingencia

Sin embargo, la defensa de TVN fue categórica. En su informe, la señal televisiva sostuvo que el reportaje se basada en hechos objetivos y antecedentes de acceso público, disponibles en la Oficina Judicial Virtual. Además, invocó el artículo 19 N°12 de la Constitución que prohíbe expresamente la censura previa, y argumentó que el tema era de evidente interés público, ya que trataba sobre el ejercicio profesional de una abogada y la posible comisión de un delito.

El fallo a favor de TVN

Así las cosas, la Corte de Apelaciones acogió plenamente los argumentos del canal y de la primacía de la libertad de informar. En su fallo, los magistrados razonaron que, si bien existe una colisión entre el derecho a la honra y la libertad de expresión, ningún derecho es absoluto y el ordenamiento jurídico chileno prohíbe explícitamente la censura.

No te pierdas:  De las redes a la calle: Naya Fácil y Otakin se la juegan por el sur

Asimismo, el tribunal consideró que el reportaje de TVN es de interés público, según lo establece la Ley de Prensa, y destacó el "papel fundamental de un periodismo independiente en una democracia robusta", detalla el citado medio.

Finalmente, la Corte señaló que existen otros mecanimos legales si se considera afectada la honra de una persona tras la emisión del reportaje, como el derecho de rectificación o aclaración, en lugar de intentar censurar al medio de comunicación -en este caso TVN- de manera anticipada.

¿Te gustan nuestros contenidos? Ayúdanos a seguir creciendo

¡Ayúdanos a seguir creciendo!
¡Síguenos en Google News!
Rocio Toledo @rociotole_
Periodista nacida y criada en el sur, inviernista de corazón porque es la única respuesta correcta. Además de perseguir noticias exclusivas, soy la orgullosa mamá de una gata (que se adoptó sola). Si no estoy escribiendo sobre el espectáculo nacional, probablemente esté leyendo, viendo películas o series.
Te podria interesar....

Notas mas vistas