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Corte de Valparaíso rechaza recurso y refuerza el rol de TVN en la libertad de prensa

Una querella, un reportaje y un recurso que buscaba frenar a la televisión pública. La Corte de Apelaciones de Valparaíso fue tajante: el periodismo está llamado a exponer casos de interés social, incluso si incomodan a sus protagonistas. En un fallo que trasciende lo judicial, TVN obtuvo un espaldarazo que reivindica su derecho a informar y reabre la conversación sobre los límites de la libertad de prensa en Chile.

En este contexto, el texto legal señala que la señal pública emitió un reportaje periodístico sobre el caso de una persona con discapacidad mental, quien estaba en un proceso activo para determinar interdicción. Según la denuncia, una abogada habría estafado a esta persona y, aprovechando su condición, consiguió su firma para transferir una propiedad a su nombre. Cabe destacar que la afectada falleció durante el curso del proceso legal.

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Frente a ello es que la abogada Carolina Esquivel interpuso un recurso de protección, argumentando que la exposición del caso en TVN, encontrándose aún abierta la investigación, implica un juzgamiento extrajudicial que afectaría su salud psíquica, su honra, y su vida personal y profesional.

¿Por qué la Corte de Apelaciones falló en favor de TVN?

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de protección aludiendo a que la exposición de casos de interés público es parte de la labor periodística y que esta se encuentra amparada en el derecho a la libertad de expresión.

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Además, TVN precisó que los antecedentes utilizados para la elaboración del reportaje fueron extraídos de la plataforma del Poder Judicial, por lo que «la información es pública y de relevancia social, pues se refiere al ejercicio profesional de una abogada y a la eventual comisión de un delito patrimonial», agregaron.

«A juicio de quienes concurren al fallo, este ejercicio de ponderación, en favor de la libertad de expresión e información, resulta mucho más trascendental cuando está involucrado un medio de comunicación legalmente establecido, como en el caso examinado, toda vez que uno de los pilares de una democracia robusta consiste justamente en la existencia de un periodismo libre (sin perjuicio de la responsabilidad ex post) que desarrolle sus labores informativas y fiscalizadoras con plena independencia», concluye el fallo del tribunal, dando la razón a TVN.

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Lee el fallo completo del tribunal aquí.

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