La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) que imponía a Mega a pagar una multa de 150 UTM ($7.500.000) por emitir "contenido inadecuado o truculento" en horario de protección de menores.
Según se detalla, la transmisión en cuestión había sido un capítulo de la teleserie Mar de Amores, emitida por el canal privado en junio del año pasado. En ésta, indica parte de la resolución, "una mujer se autoinflinge de manera gráfica heridas en sus brazos, para luego culpar a otra persona de aquello con fines aparentemente económicos o personales".
En el fallo, el tribunal de alzada indicó que Mega ya había sido sancionada -con una multa de 100 UTM ($5.000.000)- por la emisión de la misma apuesta dramática. "Precisamente en virtud de la misma causal de afectación a la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud, por lo que no es la primera vez que se efectúa un cuestionamiento a escenas de la referida teleserie", argumentaron.
A su vez, la Corte destacó que "durante los doce meses anteriores, la red televisiva Megavisión presentó diez sanciones por infringir el correcto funcionamiento de los servicios de televisión y cuatro de ellas por exhibir dentro del horario de protección, contenidos inadecuados para una audiencia en formación".
"De esta forma, la sanción impuesta se ajusta la gravedad y circunstancias del hecho que se le imputa, siendo proporcional y apegada a derecho, de acuerdo a lo previsto en el artículo 33 de la citada normativa", concluye la resolución.