Una expanelista del programa de farándula y espectáculos de TV+ Sígueme fue condenada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago por el delito de injurias debido a una entrevista.
En este sentido, cabe recordar, a mediados del mes de julio Sígueme informó que no contaría con la presencia de dos panelistas clave, quienes dejaron abruptamente el espacio.
Se trataba de Cecilia Gutiérrez, quien abandonó el programa para asumir un nuevo desafío laboral en Canal 13 en el programa ¡Hay que decirlo!, y la periodista Daniella Campos, a quien simplemente se le informó —de manera abrupta— que a partir de ese entonces prescindirían de sus servicios.
Ciertamente para Campos el último periodo no ha sido fácil. Esto, porque a menos de que se cumpla un mes de su salida de Sígueme, la profesional fue condenada por el delito de injurias a raíz de una entrevista en el programa de conversaciones de Chilevisión Podemos Hablar.
Invitada al estelar, la periodista se refirió al término de su matrimonio con Esteban Caldentey, acusando que la relación llegó a su fin por violencia intrafamiliar ejercida por su expareja.
A raíz de ello, el ingeniero de profesión tomó la decisión de querellarse en contra de Daniella Campos, proceso que terminó esta semana con la otrora panelista de Sígueme condenada por el delito de injurias, toda vez que la justicia descartó que la periodista hubiese sufrido maltratos.
¿Qué dice el fallo sobre la personalidad de la expanelista de Sígueme?
"La querellada -según los múltiples relatos escuchados- tiene dificultades para sobrellevar opiniones, hechos o circunstancias que no le agradan o que en algo afecten sus decisiones por más intrascendentes que éstas puedan ser. Con base en las testimoniales, se puede establecer que la querellada tenía en la relación familiar, al menos, dificultad para lidiar con dichos o hechos que percibía como diversos o agresivos, desplegando -en esos momentos- maniobras verbales o corporales de defensa y ataque", se desprende del fallo.
En virtud de ello, Campos fue condenada a 30 días de prisión y al pago de una multa equivalente a un tercio de Unidad Tributaria Mensual.