La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este martes un recurso de reclamación solicitado por Mega para que se absolviera al matinal Mucho Gusto de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales ($5.100.000) tras la exhibición de antecedentes de un menor en un reportaje sobre violencia intrafamiliar.
El fallo realizado por la Sexta Sala del tribunal de alzada ratificó la decisión adoptada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), explicando que "efectivamente se ha vulnerado la prohibición de entregar antecedentes que permitan la identificación de menores de edad a quienes su exhibición en televisión, atendido el contexto, puede redundar en un daño a su desarrollo o a su integridad física o psíquica".
En el metraje expuesto la mañana del 31 de julio de 2020 se puede observar una discusión de una pareja en las afueras de su hogar con la presencia de un menor de 7 años. Pese a que en la imagen el rostro del joven aparece difuso, existen antecedentes para reconocerlo, exponiéndolo, según la corte, "a la opinión y comentario de los vecinos, a más de lo fuerte e impactante de todo el contexto de la situación, lo que la revictimiza gratuitamente".
Además, el tribunal estableció que Mucho Gusto infringió el Artículo 8 de las Normas Generales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión y del Artículo 33 de la Ley 19.733, las que "prohíbe expresamente el que se entreguen antecedentes que permitan llegar a conocer la identidad de niños que hayan sido testigos de delitos y de menores que se encuentren en situación de vulnerabilidad".
Frente a los antecedentes expuestos, el fallo establece que "se coincide con el informe del CNTV cuando considera que las alegaciones planteadas en el libelo del recurso no resultan idóneas para desechar la responsabilidad infraccional, toda vez que se trata de una conducta que se encuentra suficientemente acreditada".