Durante esta jornada, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una multa ordenada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) contra Televisión Nacional (TVN) por no respetar la norma sobre emisión de programas culturales.
La sanción, que fue originada por la entidad reguladora en marzo de 2017, asciende a las 250 UTM, algo así como 12 millones de pesos, lo que fue aprobado por unanimidad en el tribunal de alzada.
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En la información entregada por el Poder Judicial, la decisión se basó en lo expuesto "en la Ley N° 20.911, que dispone los objetivos y contenidos en los programas de educación cívica para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, buscando una preparación para asumir una vida responsable en una sociedad libre y de orientación hacia el mejoramiento integral de la persona humana, como fundamento del sistema democrático, la justicia social y el progreso".
El fallo agregó que este tipo de programas buscan "promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella, entendidos éstos en el marco de una república democrática, con el propósito de formar una ciudadanía activa en el ejercicio y cumplimiento de estos derechos y deberes; fomentar el ejercicio de una ciudadanía crítica, comprensión del estado de derecho, los derechos humanos, desarrollo de la cultura democrática, entre otros".
Por su parte, Televisión Nacional tuvo la oportunidad de realizar sus descargos, sin embargo, estos fueron analizados por la Corte y finalmente se decidió sancionar a la estatal ante lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley N°18.838.
Los programas involucrados en la decisión son Carmen Gloria a tu Servicio, Acosados, Aquí te las traigo Peter y Noche de Box; espacios que no fueron considerados por el CNTV como culturales.