Este jueves la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa para Televisión Nacional (TVN) por no exhibir a tiempo el inicio del horario para mayores de 18 años, contemplado en la normativa vigente.
La Cuarta Sala del tribunal de alzada, en un fallo unánime, ratificó la sanción declarada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), por lo que la estación pública deberá pagar una sanción por 30 Unidades Tributarias Mensuales (más de 1,5 millones de pesos, aproximadamente), por la transmisión tardía de la advertencia los días 31 de julio y 18 de agosto de 2020.
"El Consejo pudo comprobar que la recurrente incumplió precisamente la disposición antes señalada, entregando la información por más allá del margen establecido al inicio de la programación para adultos, en algunos casos por sobre 7 minutos", señala el fallo disponible en el sitio web del Poder Judicial.
Por su parte, TVN en su defensa ante el tribunal acusó al CNTV de tomar decisiones de forma arbitraria, asegurando que no se establece en el reglamento que el inicio del horario para adultos debe ser transmitida a las 22:00 horas. Frente a eso señalan que dada la extensión de los informativos "la advertencia podía ser emitida al término de los noticiarios, esto es a las 22:30 horas aproximadamente".
Del mismo modo, también explican que el organismo entregó cinco minutos de tolerancia para realizar el anuncio, hecho que "cae en el absurdo que si la advertencia es emitida en con una diferencia de 5
minutos y 1 segundo se cae en una infracción reglamentaria".
No obstante, la corte rechazó los argumentos, expresando además que será necesario "desestimar el recurso de que se trata, no siendo posible acceder a las pretensiones de absolución ni de rebaja solicitados por el recurrente, toda vez que la multa ha sido impuesta en el mínimo establecido a tal efecto, considerando además su reincidencia".