El comienzo del 2022 para los canales de televisión no ha sido fácil en el plano judicial, ya que sumada a la multa aplicada el martes a Chilevisión, ahora es Mega el que deberá echarse la mano al bolsillo a causa de una sanción.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió confirmar la multa de 150 UTM (8.166.300 pesos) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) contra la señal de Grupo Bethia a raíz de la cobertura realizada en abril de 2021 por el matinal Mucho Gusto al parricidio de dos menores de edad en la comuna de San Bernardo.
Según informa el documento alojado en la página web del Poder Judicial, la entidad reguladora estimó que la forma en que se trató el caso revistió en "una afectación de la honra, vida privada, intimidad e integridad psíquica de la madre de las menores asesinadas, en razón del tratamiento dado a los contenidos emitidos".
Por su parte, Mega se defendió argumentando que se habría infringido una serie de normas, principios y garantías constitucionales que impidieron su eventual defensa de los hechos en la instancia anterior, agregando que en el reglamento del CNTV no existe una clara y precisa determinación de las acciones o conductas que llenan el supuesto ilícito de "inadecuada cobertura periodística".
No obstante, el tribunal desestimó las acusaciones y determinó que sí hubo una vulneración de los afectados. En esa línea, reconocen que "el hecho en principio reviste características de interés general y resulta esperable una afectación de la integridad psíquica de los familiares sobrevivientes a través de su comunicación", pero igualmente "se observan durante el curso de la entrega informativa fiscalizada una serie de afirmaciones que no sólo denostarían, sino que además culparían en definitiva a la madre de las menores por lo sucedido" en relación a declaraciones de un sujeto, quien dice ser hijo del parricida.
La resolución informa que esa entrevista tiene una duración de 12 minutos, donde los panelistas de Mucho Gusto realizaban diversas preguntas sobre el trágico hecho, lo que según la Corte de Apelaciones representa una "afectación injustificada del derecho a la honra, vida privada, intimidad e integridad psíquica" de la madre de las menores asesinadas.
Asimismo, el tribunal sostuvo que Mega "no fue lo suficientemente diligente para prever ni detener los posibles daños que con los contenidos que decidió exhibir podría generar en las víctimas y su familia".