La Corte de Apelaciones de Santiago anuló la multa aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a TVN, luego que exhibiera en Buenos Días a Todos parte de un reportaje que realizó el programa de investigación periodística Informe Especial sobre la muerte de Sebastián "Cangri" Leiva.
Los hechos se remontan al 5 de agosto de 2019, jornada en la que el matinal reprodujo extractos de la pieza audiovisual, donde se entregaron nuevos antecedentes en torno al caso, haciendo público detalles del peritaje tanatológico realizado al cuerpo de la víctima.
A pesar de la multa aplicada por el organismo regulador, el tribunal de alzada indicó ayer en el fallo que "si ya se ha dicho que la emisión de Informe Especial no es ni ilegal ni arbitrario, por fuerza tampoco puede serlo la emisión de Buenos Días a Todos, que se limitó a reproducir parcialmente aquel programa".
En ese sentido, la Corte estimó que "la sanción impuesta carece de sustento", subrayando que "la noticia en sí misma es una que no es posible dar sin entrar en detalles escabrosos, como lo son aquellos consignados precedentemente, y que inevitablemente producen en aquellos que la reciben sensaciones, emociones o impresiones más o menos fuertes, pero no por ello se carece del derecho a emitirla".
Horario de protección de menores
De igual forma, se explicó que "en cuanto al hecho que el programa habría sido emitido en horario de protección de los menores de edad, lo cierto es que no existe a este respecto, como en las películas, una calificación previa, y el CNTV resuelve en cada caso si, en su concepto, el contenido de la información afecta la formación espiritual e intelectual de la juventud".
Respecto a este último punto, a juicio del tribunal, en dicho horario se asume que niños y adolescentes "se encuentran en sus establecimientos educacionales, pero, sea como fuere (...) la misma crónica fue dada en los noticieros de mediodía de todos los canales, sin que se tenga conocimiento de sanciones por parte del CNTV".