La Corte Suprema acogió parcialmente el recurso de nulidad presentado por la defensa del cineasta Nicolás López, quien en mayo pasado había sido condenado a 5 años y un día de cárcel por dos delitos de abuso sexual.
De esta forma, durante esta jornada se condenó al director de la trilogía "Qué pena tu vida" a dos penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, en calidad de autor de dos delitos consumados de abuso sexual, se detalla en el sitio web del Poder Judicial.
En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– estableció un error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, al aplicar en la especie una modificación legal que no se encontraba vigente a la época de comisión de los delitos.
No obstante, el fallo descartó las restantes causales de nulidad: infracción al aplicar la perspectiva de género para condenar, infracción a la valoración de la prueba realizada por el tribuna, falta de fundamentación del tribunal en la decisión condenatoria y error al no considerar la atenuante de colaboración sustancial con la investigación.
Asimismo, se decretó la prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas, y se estableció que Nicolás López debe cumplir programas de terapia sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares.
Del mismo modo, el cineasta quedará inhabilitado en sus derechos políticos, así como también para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas.
Cabe recordar que el caso Nicolás López se destapó en 2018 luego de un reportaje de Revista Sábado de diario El Mercurio donde ocho mujeres denunciaron al conocido director de abuso sexual y acoso laboral.
En 2022 el creador de cintas como "No estoy loca" y "Sin Filtro" fue declarado culpable como autor de dos delitos consumados de abuso sexual, hechos ocurridos en Santiago, entre noviembre y diciembre de 2015, y a fines de noviembre de 2016, respectivamente.