Durante la jornada de este lunes la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la amonestación del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Mega por incumplir la exhibición de dos campañas efectuadas por el gobierno durante el primer semestre de 2020.
Según informa el documento emanado de la Novena Sala del tribunal de alzada, las piezas en cuestión fueron "Violencia contra la mujer durante la cuarentena" y "Coronavirus, esta pandemia solo la superamos entre todos", las que, si bien fueron transmitidas en horario de alta audiencia, la señal argumentó que "por un error de programación tres de los spots fueron transmitidos fuera del horario establecido en la norma".
Además, en su apelación, la señal de Bethia explicó que la equivocación se produjo porque "ya había cumplido con la exigencia legal de emitir campañas públicas gratuitas, dado que así lo hizo durante las cinco semanas anuales que establece el ordenamiento normativo vigente en la materia".
Pese a ello, el tribunal de alzada rechazó dicho argumento, explicando que existe una obligación mínima de exhibición de campañas del gobierno (105 minutos en cinco semanas), por lo que sostienen que Megamedia S.A. "suprime el límite de minutos que contempla la Ley N° 18.838 y desoye la finalidad de las campañas, que se conecta con el principio de servicialidad del Estado que propende, con sus acciones, a la consecución del bien común".
Frente a esto, la Corte de Apelaciones resolvió confirmar la decisión de la entidad reguladora, afirmando que la amonestación les "resulta proporcional y ajustada a derecho, pues el CNTV teniendo en cuenta la infracción cometida, estimó aplicar la sanción de menor entidad contemplada en el catálogo del artículo 33 de la Ley N° 18.838, consideraciones que no hacen más que determinar el rechazo de la apelación deducida".