Siguen los malos ratos en La Red. A la incertidumbre sobre su futuro debido a la crisis financiera que arrastra la señal privada, se suma otro conflicto que la enfrentó este martes con el Consejo Nacional de Televisión (CNTV).
La Segunda Sala de Corte de Apelaciones de Santiago resolvió fallar en contra de la señal de Albavisión por incumplir la norma de programación cultural durante la segunda semana de abril de 2022. La multa asciende a 20 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, $1,2 millones, aproximadamente.
De acuerdo al documento emanado del Poder Judicial, el tribunal de alzada rechazó el recurso interpuesto por La Red en la que esgrimía un actuar arbitrario del CNTV al no considerar como cultural el programa Stage Urbano. El canal acusaba que los argumentos entregados por el consejo de TV no fueron satisfactorios, agregando que la entidad reguladora realizó un análisis "basado en prejuicios".
Por su parte, el CNTV señala que La Red no ha aportado antecedentes que permitan dilucidar la existencia de una vulneración, además que la apelación a la sanción fue presentada fuera del plazo. Del mismo modo, asegura que el espacio en cuestión exhibe contenidos que "no se ajustan a los parámetros legales vigentes sobre programación cultural".
Este y otro tipo de antecedentes le bastaron a la corte para mantener la sanción contra La Red, confirmando que "la concesionaria no logró desvirtuar los antecedentes fácticos tenidos en consideración para sancionarla, razón por la cual rige plenamente la presunción de legalidad implícita, tanto en la formulación de cargos –conforme al informe técnico de fiscalización–, como asimismo en cuanto al acto terminal que impone la sanción".
Asimismo, la Corte de Apelaciones realizó una comparación entre la definición de cultural y el contenido que entrega el programa Stage Urbano, lo que, bajo el juicio del tribunal, se alejaba del significado normado desde 2022 para espacios culturales.
"Se puede advertir que esa finalidad no se cumple en el caso de la especie por cuanto La Red lo define como ‘El programa de los que no tienen pantalla, de los que incomodan, de los que rayan murallas y hablan de lo que sucede en la calle. El objeto es darle entrada a este género que crece y se apodera de los escenarios, de las plataformas y de lo urbano’, diseño que se ha mantenido en el tiempo como la reclamante reconoce, es decir, su contendido audiovisual, su formato y objetivo no se ajustan a la ley para ser calificados de índole cultural, resultando insuficiente la idea de entretención o de tratarse de un ritmo musical de moda", explica el fallo.
La Corte de Apelaciones señala que, si bien se cursó una multa, la sanción a La Red se aplicó en su grado mínimo a raíz de la ausencia de reincidencia en este tipo de infracciones.