Este mes el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) resolvió sancionar a Televisión Nacional (TVN) y a Chilevisión (CHV) por infringir la norma que exige una transmisión mínima de minutos dedicados a programación cultural.
De acuerdo con el acta de la sesión efectuada el 11 de marzo, la señal del Estado incumplió con la exhibición básica de dichos contenidos en horario de alta audiencia (18:30 a 00:00 horas), el que por normativa debe ser de 120 minutos como mínimo.
Según se detalla en el documento, la estación transmitió solo 79 minutos en la primera semana de agosto de 2023. Y en la última semana de ese mes alcanzó solo 92 minutos de programación cultural.
En el caso del canal de Paramount, el consejo determinó que la duración de Sabingo, emitido en la tercera semana de agosto del año anterior, alcanzó solo 93 minutos durante el horario de máxima audiencia. Por otra parte, la suma de ambas franjas horarias en Chilevisión totalizó 135 minutos en el mismo período, cantidad que resultó insuficiente para cumplir con la normativa.
En consecuencia, ambos canales fueron multados con 20 Unidades Tributarias Mensuales ($1,3 millones aproximadamente), considerada una de las sanciones mínimas que dictamina el CNTV.
¿Pueden apelar TVN y Chilevisión?
Aunque TVN y Chilevisión no presentaron descargos previos para apelar los cargos, tienen la opción de interponer un recurso ante la Corte de Apelaciones para prevenir la inhabilitación de la acción impuesta por el CNTV. Dicho recurso debe presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación.