En marzo de este aƱo el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) resolvió sancionar a Chilevisión por 200 Unidades Tributarias Mensuales a raĆz de una situación ocurrida en el reality Gran Hermano en julio de 2023.
En una emisión ocurrida excepcionalmente durante una tarde de domingo, la entonces participante Constanza Capelli comentaba el momento en que quedó embarazada y que decidió practicarse un aborto, argumentando una difĆcil relación entre ella y su entonces pareja.
Ā«Yo estuve embarazada, pero abortĆ©. AbortĆ© a los tres meses porque tenĆa una relación muy tóxica, y yo no querĆa que Ć©l fuera el padre de mi hijo (…) Yo no querĆa porque nuestra relación era muy mala (…) no era una buena relación, y creo que hubiese sido injusto para ese niƱo haber nacido en un ambiente de mierda, donde dos personas no se soportabanĀ», explicó Capelli a sus compaƱeros.
AdemĆ”s, la ganadora de la primera temporada del programa afirmó que Ā«fue un momento feliz, de hecho. Cuando abortĆ©, me puse muy feliz porque fue un acto de amor hacia mĆ y hacia el niƱo, hacia otra vida. Fue ir un paso mĆ”s hacia adelante a lo que podrĆa haber sido una catĆ”strofe. Me sentĆ muy feliz, sentĆ que alguien superior me estaba dando otra oportunidadĀ».
A pesar de la controversia suscitada, la entidad reguladora decidió imponer una multa a Chilevisión de televisión tras la conducta inapropiada de la modelo, quien incurrió en prĆ”cticas que violan las normativas de salud vigentes. La actuación, transmitida durante un horario protegido para menores, podrĆa, a juicio del CNTV, incitar a los jóvenes espectadores a replicar comportamientos peligrosos, poniendo en riesgo el bienestar de niƱos y adolescentes.
¿Chilevisión ejerció acciones legales tras el «caso Capelli»?
No obstante, Chilevisión optó por apelar a la resolución del Consejo de Televisión, presentando un recurso ante la Corte de Apelaciones para revertir la sanción.
En el escrito publicado en el sitio web del Poder Judicial, gran parte de los argumentos expuestos por la estación privada recaen en el ejercicio de la libertad de expresión de Constanza Capelli, ademĆ”s de enfatizar en la nula intención de Ā«daƱar seriamente la salud y el desarrollo fĆsico y mental de los menores de edadĀ».
«No era en ese entonces una persona influyente, conforme describe, haciendo presente que el programa llevaba solo un mes al aire, siendo aquella una de 17 participantes del reality«, detallan en el documento.
"Esto lo voy a contar porque creo que es un buen mensaje para afuera: Yo estuve embarazada, pero abortĆ© a los tres meses porque tenĆamos una relación muy tóxica y no querĆa que Ć©l fuese el padre de mi hijo" -Coni
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"¿Te marcó el aborto?" -Francisco
"No, cuando aborté me puse muy⦠pic.twitter.com/0h2RFBCfZ2
Pese a lo expuesto por Chilevisión, finalmente el tribunal de alzada mantuvo la sanción aplicada por el CNTV.
La decisión se fundamenta en el reconocimiento de la estación de haber transmitido un programa para adultos en un horario de protección al menor, lo que contraviene las normativas de contenido. AdemĆ”s, se destaca la falta de un adecuado resguardo al abordar temas sensibles para la ciudadanĆa, como el aborto.
«Lo reprochable, no es que se haya tocado el tema de la interrupción del embarazo en un horario de protección, sino que aquello se haya realizado sin los resguardos debidos, toda vez que en tal horario, la temÔtica debió ser abordada desde una perspectiva educativa, que refleje, ademÔs, las distintas posturas respecto del tema, lo que, por supuesto, debe ser adaptado al público que eventualmente puede tener acceso al contenido, esto es, niños, niñas y adolescentes», detallaron.






