Fue a principios de septiembre de 2017 que el exproductor general de Televisión Nacional (TVN), Marcelo Martínez, presentó una demanda contra la estatal por despido injustificado, exponiendo en la causa judicial -cuya extensión alcanza las 370 páginas- graves situaciones que pondrían en entredicho la probidad de la plana ejecutiva de la señal.
Y es que, pese a que el 11 de julio de 2018 el caso llegó casi a su punto cúlmine con una sentencia que ordenó el pago de millonarias sumas de dinero a Martínez por parte de TVN, el 11 de septiembre de este año el curso legal tuvo un revés, añadiéndose un documento que certifica que, a la fecha, no se ha acreditado el cumplimiento íntegro a lo ordenado por el tribunal.
En esta línea es que El Filtrador investigó las principales aristas expuestas a lo largo de la serie de documentos que componen la disputa entre el productor del Área Dramática de TVN y la estatal, encontrando serias acusaciones de Martínez contra la estación pública por propiciar la contratación de parientes de ejecutivos en desmedro de otros profesionales, además de acusar falsas acusaciones en su contra.
Así, según se lee en la denuncia inicial por vulneración de derechos fundamentales contra el trabajador, la jornada del viernes 9 de junio de 2017, los 12 años que Martínez llevaba desempeñándose para la señal, además de otros seis años en distintas señales del rubro televisivo, perdieron todo su peso cuando quien en ese entonces era su jefe, Mauricio Campos, lo citó a su oficina para comunicarle, en forma verbal, que estaba despedido de TVN por supuestos malos tratos contra otros trabajadores.
Según el relato del propio afectado, al requerir el nombre de las personas que le acusaron de maltrato, Campos le indicó que eso no era posible “porque dichas personas le tenían miedo al extrabajador”, indica la versión de Martínez, que enseguida añade que durante las grabaciones del 10 de junio de 2017 para la teleserie La Colombiana, “el Sr. Campos comunicó a los funcionarios y/o compañeros del extrabajador (Martínez) que éste habría sido desvinculado por maltratos a sus compañeros de trabajo, momento en el cual, un número importante de ellos, comenzó a comunicarse con el demandante para saber por qué su desvinculación se debía a maltrato, no entendiendo éstos dicha desvinculación ni el motivo”, se escribe en el documento.
A pesar de ello, Marcelo Martínez señaló que, al momento de recibir la carta de despido, esta aducía como causal de la desafectación “necesidades de la empresa” y no los maltratos señalados. "Los hechos que sustentan la causal invocada derivan de la observación que se ha realizado de su perfil de competencias, el cual, en el contexto de los nuevos desafíos que enfrenta la industria televisiva y en especial el Área Dramática en la cual desempeña sus funciones, no se ajusta al perfil requerido para el cargo que ocupa”, dicta la misiva a la que tuvo acceso este Portal.
En esta línea, sostuvo un par de reuniones con la subgerenta de Recursos Humanos, Ana González, y el propio director ejecutivo de la señal en ese entonces, Jaime De Aguirre, quien, según el documento legal, acaba solicitando una investigación al gerente de Recursos Humanos para revisar el caso del despido de Martínez. ¿Por qué? El trabajador tenía fuertes sospechas de que su desvinculación y los movimientos de la jefatura formaban parte de una estrategia para posicionar a parientes de altos mandos de TVN en puestos privilegiados.
Lo anterior sería uno de los puntos más bullados de la demanda. Por ejemplo, se indica que en 2016, mientras se grababa la teleserie El Camionero, el exproductor fue consultado por la Contraloría interna de TVN acerca de la existencia de conflicto de intereses. Sumado a ello y en una controvertida declaración que, en su defensa, TVN tildaría como ofensiva, se apunta que “al inicio de este proyecto (teleserie El Camionero) el extrabajador pide a su jefe directo, el Sr. Campos, que se debía contratar a un productor de locaciones, entregándole para tal efecto una terna que se componía de una persona externa y 2 internos que podrían asumir este rol. Sin embargo el Sr. Campos decide hacer caso omiso a dicha terna, y resuelve traer a otra persona para asumir el cargo, quien es Jenny Contreras que trabajaba en Canal 13 y que coincidentemente es además la actual señora de un Director de la misma área, siendo contratada por el doble de las remuneraciones que se habían presupuestado para ese cargo y por sobre lo habitual que se paga por dichas labores en TVN”, dicta la demanda.
No obstante, a continuación se mencionan otros vínculos que Martínez optó por poner bajo la lupa, detallando que “consumado el despido, se comienza a develar el porqué de la desvinculación del extrabajador, ya que, el día viernes 16 de junio del año 2017, es decir, el viernes siguiente a la desvinculación del demandante, es ascendida doña María Francisca Bustamante como directora de la segunda unidad -cónyuge del gerente de Producción don Eduardo Alegría– misma persona que firma carta de desvinculación, ascendiendo además a la productora de locaciones doña Jenny Contreras -quién trabajara con el demandante-, en el cargo del extrabajador, quién es a su vez la cónyuge de don César Opazo, director de segunda unidad, y a éste último lo nombran como director general del siguiente proyecto vespertino del Área Dramática, lo cual, consecuencialmente generó un cupo como director de segunda unidad, ingresando a dicho cargo doña Francisca Bustamante –señora del gerente de producción Sr. Eduardo Alegría”.
"Todo esto descubrió el manto que escondía la desvinculación del extrabajador, que no es más que privilegiar arbitraria y discriminatoriamente a parientes de autoridades dentro del canal en desmedro del extrabajador, para lo cual no hubo tapujo alguno para dañar su dignidad, integridad psíquica, honra con clara discriminación, pero además permitió validar esta mala práctica por cuanto en ese momento habían 3 matrimonios trabajando en la misma área y no solo la cónyuge del Sr. Campos, lo que permite de cierta manera convalidar esta práctica”, denunció Martínez a través de su representante legal.
Con todo, Juan Cardemil, presidente del Sindicato 2 de TVN al cual se encontraba afiliado el extrabajador, solicita al contralor interno, David Guevara, se de inicio a una investigación, la cual, durante el desarrollo del juicio se convirtió en tópico de discusión respecto a si se podía eventualmente revelar su contenido para fines judiciales. Sin ir más lejos, la reticencia por parte de TVN para ceder el contenido fue interpretado por la defensa de Martínez como una estrategia para entorpecer el caso.
Posteriormente, y en su defensa frente a la denuncia del exproductor, TVN objetó casi todas las imputaciones hechas por Martínez, señalando, particularmente en lo relativo al conflicto de interés, que “es falso, además de ofensivo, que el despido del señor Martínez tuviese por finalidad mejorar la posición y remuneración de las funcionarias Paula Flores, María Francisca Bustamante y Jenny Contreras, quienes tienen vinculo, respectivamente, con los señores Mauricio Campos, Eduardo Alegría y César Opazo”, reza el documento de defensa de la estatal.
Asimismo, el "canal de todos" también negó que hubiese sido Campos el que informó a los trabajadores que los motivos del despido de Martínez se debieran a malos tratos, adjuntando el correo que el exproductor envió a su equipo y que él mismo reconoció en su relato inicial, el cual señala:
"Querida Familia TVN, quiero agradecer por tantos años de paciencia, apoyo y compañerismo, no tengo ninguna duda que lo único que mantiene a flote a esta empresa son las personas y los grandes profesionales que somos, los que luchamos día a día por entregar lo mejor de nosotros. Lamentablemente el día Viernes fui desvinculado de TVN por Mauricio Campos, la razón del despido me dijo "EL MALTRATO Y LAS MALAS RELACIONES CON LA GENTE, ELLOS TE TIENEN MIEDO". Sorprendido, pues creo que mis debilidades son otras y esta no la tenía asumida, si es así les pido mil disculpas jamás fue intencional, si los hice sentir mal les pido me perdonen, es lo que me tiene con más tristeza, pero en mi interior siento que no es así y espero no lo sea.
Pero Creo que finalmente, el tiempo se encargara de poner todo en su lugar.
Les deseo lo mejor, cada momento, cada recuerdo, cada sonrisa y cada detalle de todos ustedes lo llevare siempre en mi corazón.
Les dejo un abrazo y un saludo muy cariñoso como de costumbre.
Sorry por no despedirme y agradecer en persona por tanto cariño, pero es difícil enfrentar ese adiós cara a cara por ahora.
El Pelaito
Saludos
Marcelo Martínez U."
Declaraciones controversiales
A pesar que ambas partes expusieron diversas pruebas durante el juicio laboral, entre las cuales se incluyen cadenas de correos electrónicos, documentos laborales y varias citaciones de testigos que apoyasen sus posturas, el tribunal, en la sentencia definitiva, descartó acusaciones tanto de Martínez como de TVN.
Por ejemplo, por el lado del exproductor se objetó la falta de pruebas que apoyaran su teoría sobre los conflictos de intereses dentro de los cargos de la señal. No obstante, esto no se valora desde un punto de vista ético, sino desde la normativa del canal, que, muy lejos de prohibir la contratación de parientes, la valora e incluso la permite según el grado.
En conversación con El Filtrador, Marcelo Martínez mantuvo su expreso repudio a esta situación, reafirmando su versión sobre la estrategia de contrataciones arbitrarias en desmedro de otros trabajadores y reiterando su descontento con los incidentes en torno a las declaraciones de Campos.
Y es que es precisamente el punto anterior uno de los más relevantes dentro de las objeciones por parte del tribunal. Si bien TVN negó tajantemente que Mauricio Campos le hubiese dicho a Martínez que su despido hubiese sido por malos tratos, difundiendo posteriormente esta versión entre los excompañeros de Martínez, el texto definitorio dictado por el organismo legal encontró incongruencias en el relato del propio Campos, inclinando la balanza en favor del exproductor.
En detalle, según se indica, “desde la prueba, aun con los problemas en el argumento que se anotaron, el demandado no logra acreditar hechos que digan alguna relación con los fundamentos de la carta de despido. Los testigos Mauricio Campos y Luis Marchant, jefes del actor, señalan que el demandante carecía de 'habilidades blandas' y presionaba mucho para reducir el presupuesto de las producciones, pero al solicitarse que relataran los episodios que los llevaban a esas conclusiones, dan relatos vagos e inconsistentes, sin que temporalmente se puedan relacionar tampoco con la desvinculación de un trabajador de una larga trayectoria en la empresa”, señala el escrito legal.
Además, se hace referencia a David Guevara, contralor de la señal, como testigo cuyo testimonio sería crucial. "Lo que es más revelador respecto de la falta de fundamentos de hecho sobre el despido del demandante, resulta ser la declaración del testigo David Guevara Pasten, contralor de la empresa demandada al tiempo del despido y quien investigó el despido del actor, según declara. Este testigo es claro en señalar que se concluyó que no existía justificación para el despido de la empresa”, se lee en el documento.
En tanto, respecto al hecho, el texto consigna que “David Guevara, contralor del canal de televisión, señala que al entrevistar en su investigación a Mauricio Campos también le señaló que el despido del actor se había debido a malos tratos a otros trabajadores, cuestión que al investigarla no resultó ser cierta. El testigo de la demandada, Mauricio Campos Espinoza, reconoce que se lo planteó al actor al momento de su despido, pero al pedir al testigo que detalle a qué malos tratos se refiere, solo pormenoriza dos situaciones, una referida a un permiso a un actor menor de edad y la queja de uno de sus padres por no ser concedido y otro al contrato de una actriz que se habría quejado por no cumplirse sus descanso, sin detallar fechas ni mayores antecedentes que permitan calificar aquello como un mal trato, a diferencia de lo indicado por el testigo”.
Sin embargo y a pesar de todo lo anterior, con la sentencia ya dictada y con la acreditación pendiente de que se dé cumplimiento íntegro a esta, el 11 de septiembre de 2020 se remitió la causa al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para que se continúe con la ejecución.