A través de un recurso de protección interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago, Sergio Morales Durán y su hijo Pablo Morales Pérez -ambos reconocidos empresarios del fútbol chileno- buscarían que canales de televisión, portales digitales y motores de búsqueda eliminen o modifiquen reportajes e informaciones que los sindican como perpetradores de los delitos de abuso sexual y violación.
Así se lee en un documento ingresado el 3 de mayo de 2022 a la Corte de Apelaciones de Santiago, en el cual figuran como recurrentes las estaciones televisivas CNN Chile, Chilevisión y TVN, además de los representantes del diario The Clinic y los portales PrensaFútbol, El Observatodo, Mi Voz e Iberoamericana Radio Chile como controladora de Radio ADN.
De igual manera, el recurso se extiende a Google Chile -como prestadora de servicios de Google y YouTube-, Microsoft como proveedora de Bing y Verizon en representación de Yahoo, todos motores de búsqueda que facilitan la localización de contenidos en internet.
El texto presentado por la abogada Claudia Marín Rubilar advierte la prominente posición social y económica de sus representados, indicando que "Sergio Morales Durán es un reconocido agente o representante chileno de futbolistas profesionales, con 20 años de trayectoria, quien actualmente dirige la empresa Mundo Futuro Limitada. Debido a la naturaleza de su actividad, un elemento fundamental para desempeñarse en ella es la imagen pública y la confianza", se lee, agregando que su hijo, Pablo Morales, se desempeña como gerente del club de fútbol profesional Coquimbo Unido.
En efecto, según consta en un reportaje realizado por El Desconcierto, Sergio Morales, además, se desempeñó como representante FIFA, teniendo, en su momento, la representación de importantes jugadores chilenos como Bryan Cortés, Jean Meneses y Esteban Paredes.
Pues bien, ahora padre e hijo tendrían como principal misión bajar y modificar publicaciones que se remiten a las denuncias que Ignacia Santa María y Nicole Morales esgrimieron en su contra, acusando a ambos hombres de violarlas cuando aún eran menores de edad, además de otras agresiones sexuales.
Según documentación analizada por El Filtrador, anexos en el recurso de protección interpuesto por los miembros del clan Morales, durante la querella inicial de Santa María se extrae que esta última "manifestó que en la época en que tenía 7 u 8 años de edad, es decir, entre los años 1999 o 2000, el conviviente de su madre, don Sergio Morales Durán habría realizado actos de relevancia y significación sexual consistentes en obligarla a masturbarlo, hechos sucedidos en la comuna de Maipú", se indica en el documento.
De ahí, según información entregada por Ignacia Santa María a medios de comunicación, la relación entre Sergio Morales y su madre, Soledad Santa María, llegó a su fin. La suerte de las dos niñas tomó caminos divididos. Conforme se desprende de un reportaje, Nicole Morales, hija biológica de Sergio Morales, desconcertada por la abrupta desaparición de su padre, a los 11 años comenzó a escaparse de la casa de su madre para encontrarse con el empresario, hasta que se le permitió irse a vivir con él. En efecto, según documentos recabados por este Portal, poco antes de cumplir 12 años, el 3 de agosto de 2006, ambos padres, de mutuo acuerdo, otorgaron el cuidado de la menor de edad al padre.
Por otra parte, según lo expresado por la propia joven, el idilio de volver a formar parte del hogar de su padre duró apenas unos meses, puesto que a la edad de 11 años habrían comenzado los abusos sexuales por parte del representante de futbolistas, los cuales se prolongarían hasta que la joven cumplió 15 años. En simultáneo, Nicole dijo a la prensa que, entre los 13 y los 15 años, también debió convivir con las agresiones y violaciones que su propio hermano, Pablo Morales, sin conocer si acaso el padre estaba al tanto de ello.
Un año más tarde tendrían lugar los abusos relatados por Ignacia Santa María, quien retomó contacto con la familia Morales debido al interés de su madre en ver a Nicole. En línea con un documento de la Corte de Apelaciones de Santiago, fechado el 24 de diciembre de 2019, se expone que, a finales del 2007 y principios del 2008, las vulneraciones habrían ocurrido durante unas vacaciones de verano en las cuales visitaron diversos países de Latinoamérica.
En el citado texto legal se lee que un extracto del testimonio de Ignacia es que, mientras estaban en Brasil "encontrándose en un hotel, (Sergio) la abrazó, la tocó, la besó y le sacó su ropa, penetrándola por atrás. Relató además un episodio de introducción de dedos y penetración por la vagina, mientras se encontraban en Uruguay de parte de don Pablo Morales Pérez", se lee en el texto de la Corte de Apelaciones.
Acciones legales
Todo lo anterior configura una de las querellas por violación y abuso sexual en contra de Sergio y Pablo Morales. En su momento, éste último contraatacó mediáticamente acusando a ambas hermanas de prácticas extorsivas: "Esto partió hace años con una extorsión a mi padre para funarlo si no le daban una cierta suma de dinero. Ella decía que se sentía hija de segunda categoría porque a sus otros hermanos les daba más", se defendió Morales hijo.
Cabe precisar que, si bien en todo momento los acusados negaron las imputaciones, tanto Sergio como Pablo Morales reconocieron haber mantenido una relación amorosa con quien fuera su hijastra y hermanastra, respectivamente, cuando esta tenía 19 años de edad.
De forma externa, el futbolista de Colo-Colo, Esteban Paredes, se cuadró con Sergio Morales, publicando en su cuenta de Instagram una foto de él con el empresario donde escribe: "la sentencia es clara, detrás de este chantaje con el único objetivo de hacer daño y buscar dinero", en referencia al sobreseimiento de Morales padre e hijo en el año 2019.
En efecto, Sergio y Pablo Morales fueron sobreseídos en tres oportunidades de los delitos que se le imputaron, sin embargo, y sin recurrir a verdades a medias tintas, dicha decisión judicial, al menos según la documentación disponible, no se condice con una presentación de pruebas contundentes que reafirmaran su inocencia, sino más bien con un asunto técnico.
El mismo recurso de protección con el que buscan eliminar o modificar noticias lo reconoce, y pese a que alegan inocencia esgrimiendo el sobresimiento, también reconocen que dicha verdad jurídica se configuró luego que los tribunales decidieran no perseverar en el procedimiento o determinaran que parte de los hechos imputados no eran constitutivos de delitos y que, aquellos que sí lo eran se encontraban prescritos por el lapso de tiempo que pasó antes que se hiciera la denuncia formal.
En efecto, respecto a la primera causa, el fiscal adjunto Israel Muñoz determinó no dar inicio a la investigación de los hechos denunciados por cuanto se encontraban prescritos y que parte de los hechos habrían ocurrido en el extranjero, por lo cual no tenían las facultades para conocerlos. En tal sentido, los documentos revisados por este Portal solo aluden a que la responsabilidad penal de Pablo y Sergio Morales estaría extinguida, no a descreer el relato de las denunciantes.
Medios
Despejando todo lo anterior, el recurso de protección contra los canales y portales web estima que "tanto en el caso de los medios de comunicación -quienes crearon los datos o noticias- como en el caso de los motores de búsqueda -que la diseminan y amplifican la exposición. Es ilegal y arbitraria. En efecto, aunque en su momento pudieran haberse considerado legítimas tales conductas, han dejado de serlo por haber transcurrido tiempo considerable", se indica, agregando que la exposición mediática del caso ha acarreado una condena social sin que exista una en tribunales.
De igual forma, los empresarios exigen a medios y plataformas de búsqueda "eliminar, desindexar y bajar la totalidad de las publicaciones lesivas señaladas (...) actualizar, complementar, aclarar y/o contextualizar dichas publicaciones, incluyendo una clara referencia a la terminación de las causas judiciales e incorporando además, un link con el texto íntegro de las resoluciones de fecha 22 de noviembre de 2019 y 27 de agosto de 2021, que permita a quienes accedan a esta noticia conocer lo dictaminado finalmente por los tribunales de justicia en dichas causas", se indica.
Aún así, el 5 de mayo pasado, la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de protección, el cual fue apelado por los recurridos y elevado a la Corte Suprema. Finalmente, este último ente, el 25 de mayo pasado terminó por confirmar la resolución dictada por la Corte de Apelaciones, informando que sobre la causa ya se ha dictado sentencia.