Duro golpe a Mucho Gusto: Millonaria multa por "cobertura sensacionalista"

Mucho Gusto - Mega

Este martes El Filtrador informó sobre el revés judicial que sufrió Televisión Nacional (TVN), situación similar que también vive Mega a raíz de una cobertura realizada por su matinal Mucho Gusto.

Durante el capítulo transmitido en septiembre de 2021, el segmento de la estación de Bethia emitió información referente al homicidio y posterior descuartizamiento de un dentista cubano en la Región del Ñuble. La noticia también informaba que los imputados por el presunto crimen es una pareja que trabajaban con el dentista en la comuna de Lampa, en la Región Metropolitana.

En el desarrollo de la información, Mucho Gusto mantiene durante el tiempo que dura el bloque un contacto en directo con una mujer que dice ser la "madre chilena" de la víctima, a quien le consultan más detalles del malogrado profesional.

Además, el matinal de Mega presentó una nota donde se contaba con crudeza el ataque contra el dentista, además de comparar el crimen con el caso de Nibaldo Villegas, profesor que fue asesinado en Villa Alemana por su exesposa en el año 2018.

Todo lo anterior provocó que un televidente denunciara a Mega ante el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), acusando al matinal de vulnerar "completamente los derechos más básicos a la dignidad humana, exponer de esta forma a un ser humano y más aún en el horario. Ahí hay que analizar el hecho que este tipo de programas no sólo son vistos por los adultos, sino que también por niños", sostiene el denunciante en el acta publicada el 20 de diciembre de 2021 por el organismo fiscalizador.

Imagen: Mega.

Recabados los antecedentes y visto el registro audiovisual, el CNTV resolvió sancionar a la señal privada con 200 Unidades Tributarias Mensuales (11,3 millones de pesos, aproximadamente), bajo el concepto de infringir el correcto funcionamiento de los servicios de televisión establecidos por la ley, cuyo detonante es la exhibición de una temática no apta para menores de edad, lo que a juicio de la entidad reguladora "redundaría en la afectación de la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud".

La apelación de Mega

No obstante, Mega no se quedó de "brazos cruzados" y decidió apelar a la sanción ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Entre los argumentos esgrimidos por la señal televisiva destaca el de la libertad de prensa e información, abogando que se trata de un "evidente hecho de interés público, es informar de una manera razonable, criteriosa, debida y adecuada, y que el estándar de conducta exigido a los medios de comunicación social en estos casos es la concurrencia de dolo o culpa grave en la entrega informativa".

Por otro lado, sostiene que lo transmitido corresponde únicamente al "ejercer su libertad de prensa, información y programación, y que no se ha probado su culpabilidad, pues se trata de imágenes y comentarios cuya emisión es lícita".

Imagen: Mega

Lo que dijo la Corte

Pese a los reclamos entregados por Mega, la Octava Sala del tribunal de alzada confirmó la sanción aplicada por el CNTV, avalando que lo expuesto en Mucho Gusto puede afectar a menores de edad.

En el fallo subido al sitio web del Poder Judicial se expone que términos utilizados en el tratamiento de la información, como "descuartizamiento", "cuerpo desmembrado", "mentes siniestras", entre otras, pueden vulnerar el desarrollo de niñas y niños, pudiendo generar en ellos "sentimientos de impotencia, indefensión, horror y miedo intenso, conllevando incluso la posibilidad de que sufran pesadillas producto de tales contenidos inapropiados para ellos".

Con respecto a la libertad de prensa e información que Mega dice defender, la corte es enfática y establece que dada la comparación con el crimen del profesor Nibaldo Villegas, donde incluso se mostró en pantalla el video donde se aparecía el torso del docente en el mar, "pareciera bastante menor respecto al potencial revictimizante que podría tener este sobre sus deudos, lo que en definitiva podría comprometer en forma injustificada el derecho a la integridad psíquica de aquéllos", reza el fallo.

De este modo, el tribunal sostiene que la sanción impuesta a la estación "radica en la situación de peligro que generó al transmitir la nota cuestionada en un horario de protección a niñas y niños menores de edad, con contenidos de carácter sensacionalista que resultan idóneos in abstracto para afectar o perturbar en forma imprudente la integridad psíquica de los telespectadores menores de edad y para revictimizar, además, a los familiares y deudos de don Nibaldo Villegas, quienes han quedado expuestos a revivir como se dijo las imágenes y los relatos televisivos de su brutal homicidio y descuartizamiento”.

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