El dolor de cabeza que todavía no deja en paz a Mega

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Siguen las malas noticias para Mega, ya que sumado a las alicaídas cifras de sintonía que han tenido este año, otro hecho adverso se agrega al oscuro panorama para la señal privada.

Esta semana, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una multa de 400 UTM (alrededor de 20.500.000 de pesos) dictada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por el polémico actuar de José Miguel Viñuela en el matinal Mucho Gusto, cuando le cortó el cabello a un camarógrafo.

Sobre la justificación del fallo, el documento señala que la concesionaria había "incumplido el deber de conducta que le impone el artículo 1° de la Ley 18.838, en relación con los artículos 1°, 19 N°12, 19 N°1 y 19 N°4 de la Constitución Política de la República, toda vez que, al exhibir los contenidos audiovisuales fiscalizados, ayudó magnificar una situación de violenta vulneración a la dignidad y a los derechos fundamentales de una persona, que fue víctima de un ataque a su integridad física y psíquica en un programa matinal de Megamedia".

Asimismo, explican que con este acto la persona afectada merma "su honra y su imagen pública; conducta que, además, fue exhibida dentro del horario de protección, normalizando ante la audiencia menor de edad comportamientos como el bullying, en que la burla y la mofa hacia personas que se encuentran en una condición de desmedro, se utiliza como medio de entretención y de validación social".

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Imagen: Mega

En cuanto a la multa, el tribunal de alzada ratificó la millonaria suma de dinero, detallando que "está dentro del rango que la ley establece, atendida la gravedad de la conducta desplegada por la reclamante, por lo que se mantendrá por esta Corte".

Viñuela quedó fuera

Pese a que Mega se desmarcó de toda responsabilidad en la polémica, entregándosela a José Miguel Viñuela, la Corte de Apelaciones desmarcó al animador, estableciendo que el canal fue quien difundió las imágenes en cuestión.

"(Los canales de televisión) serán exclusiva y directamente responsables de todo y cualquier programa, nacional o extranjero, que transmitan. Luego, queda claramente establecido que respecto del actuar del animador del programa en cuestión, la concesionaria debe responder y cumplir la normativa legal aplicable, asumiendo las consecuencias que dicho actuar acarrea, sin perjuicio de las medidas internas que pueda adoptar respecto del animador y el camarógrafo afectado por el actuar que se reprocha", explican.

Finalmente, establecen que "la decisión adoptada por el CNTV no es ilegal, ha sido expedido en el marco de su competencia, está debidamente fundada y razonada, por lo que el arbitrio de que se trata, habrá de ser desestimado".

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