La durísima multa a Mucho Gusto por "aprovecharse del morbo" para captar audiencia

Mucho Gusto - Mega

Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago le dio un duro golpe al Departamento de Prensa de Mega tras confirmarse una millonaria multa por parte del Consejo Nacional de Televisión (CNTV) producto de un inadecuado tratamiento de la información entregada a los televidentes por el caso de Tomás Bravo, menor que fue encontrado muerto en la comuna de Arauco.

Y ahora, la señal de Bethia sufrió otra sentencia por similar situación, esta vez por lo ocurrido en el matinal Mucho Gusto transmitido el 4 de marzo de este año. La entidad reguladora acusó al segmento de incurrir en una conducta sensacionalista por la cobertura del mediático caso, lo que "podría redundar en la posible afectación de la integridad psíquica de los deudos de la víctima, en razón del tratamiento dado a los contenidos emitidos", reza el informe.

La Tercera Sala del tribunal de alzada, de manera unánime, confirmó tal hipótesis y afirma que el CNTV "verificó que el referido programa (Mucho Gusto) revestía el carácter de sensacionalista, por cuanto tendió más que a informar a producir emociones en el espectador, excediendo el mínimo tolerable o esperable de noticias de esta naturaleza, cuyo único objetivo parecer ser que fue aprovecharse del morbo para captar el interés de la audiencia, de manera que efectivamente se ha cometido, por la recurrente, la infracción por la cual se la ha sancionado".

Además, el fallo establece que "tales antecedentes tuvieron la capacidad de afectar la integridad psíquica de los familiares directos, ya que es indudable que resultaba perturbador la difusión del cúmulo de antecedentes relacionados con un hipotético delito sexual cuando en el proceso no verificaba dicha conclusión".

CNTV
Imagen: Archivo

En cuanto a la defensa de Mega, el tribunal estableció que "no se aportan elementos de convicción que acrediten la existencia de vicios invalidatorios del Acuerdo del Consejo, sino que de su análisis es dable concluir que se limita a plantear una distinta interpretación jurídica del derecho de la libertad de expresión, los que no resultaron idóneos para derribar el acto administrativo que viene en reclama".

De esta forma, la señal televisiva tendrá que desembolsar otras 150 Unidades Tributarias Mensuales (más de 7,9 millones de pesos), las que se suman a la idéntica sentencia que sufrió el Departamento de Prensa del canal.

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