El programa político de La Red, Pauta Libre, zafó de ser multado por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por dos polémicas entrevistas que fueron denunciadas ante el organismo regulador.
La primera de ellas, emitida el 20 de marzo, tuvo como protagonista al exconvencional Rodrigo Rojas Vade y recibió un total de 16 reclamos por parte de los televidentes. Un diálogo en el cual Mónica González le consultó, entre otras cosas, respecto al abuso sexual que sufrió a los 10 años, lo que fue criticado por la audiencia por faltar a la ética y a la dignidad del entrevistado.
Según se detalla en el acta correspondiente a la Sesión ordinaria del CNTV del día lunes 9 de mayo, el Consejo determinó declarar sin lugar las denuncias contra La Red y no iniciar procedimientos sancionatorios en su contra.
Lo anterior, dado que "la entrevista brindada por el sujeto en este caso particular resulta lícita, por cuanto él es adulto y resulta posible inferir su consentimiento libre y espontáneo en su otorgamiento, no apreciándose elementos que permitan suponer una posible infracción al deber de funcionar correctamente por parte de la concesionaria".
Vocero CAM
Asimismo, el CNTV decidió no instruir procedimientos sancionatorios en contra de La Red por la edición del día 3 de abril de Pauta Libre, jornada en la que se entrevistó a Juan Pichún, vocero de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM).
En la mencionada acta se detalla que fue recibida una denuncia de la diputada Flor Weisse (UDI), en la que subrayó: "Es completamente cuestionable que un medio de comunicación considere, dentro de su programación, una entrevista al Sr. Juan Pichún, representante de una organización terrorista que por años se ha dedicado a cometer actos de violencia en la Macrozona Sur, validando la lucha armada como un medio de acción política". Además, apuntó que hubo una falta de pluralismo, dado que no existió una voz que contrarrestara lo expuesto por el lonko.
Pese al reclamo de la parlamentaria, el organismo sostuvo que el canal ejerció su derecho a la libertad de expresión al exhibir la entrevista en cuestión, y que "no se vislumbra una intencionalidad en orden a transgredir la dignidad o los derechos fundamentales de las víctimas de violencia".
De esta forma, consideraron que el canal "se encontraba cumpliendo un rol social informativo, ejerciendo de esta forma la libertad que le reconoce nuestro ordenamiento jurídico de emitir opinión y de informar sin censura previa, en sintonía con el artículo 19 N° 12 de la Constitución Política de la República".