La doble sanción que complica a Chilevisión en Navidad

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Logotipo Chilevisión / Imagen: Reynaldo Coria

Los contenidos de los programas de Chilevisión, Contigo en directo y Contigo en la mañana, motivaron dos multas por parte del Consejo Nacional de televisión (CNTV) a la emisora.

Así quedó de manifiesto en la más reciente acta publicada por el organismo fiscalizador, en la cual se objetan los contenidos exhibidos en Chilevisión, lo que a juicio del CNTV resultan "revictimizantes" y con la potencialidad de "afectar a menores edad".

El primero de estos se remite al espacio conducido en ese momento por el periodista Humberto Sichel (hoy por Karina Álvarez), el cual versa sobre el asesinato de una mujer en Estación Central. En el registro que, según el documento, se exhibió en Contigo en directo, se aprecia como dos sujetos -uno de ellos aparentemente un menor de edad- se abalanzan sobre su víctima para propinarle una serie de heridas con un arma cortopunzante, siendo repetido en diversas ocasiones.

Pues bien, conforme se plasma en la resolución del organismo fiscalizador, el trato de la información presenta "características excesivamente violentas y sensacionalistas, que podrían incidir negativamente en el bienestar y la estabilidad emocional de los menores de edad presentes al momento de su exhibición", lo que le significó a Chilevisión una multa de 200 UTM, unos $10.400.000.

Sin embargo, Contigo en directo no fue el único programa de Paramount objeto de sanciones por parte del CNTV, sino que también el matinal Contigo en la mañana.

Esta vez, las aprensiones sobre el programa conducido por los periodistas Julio César Rodríguez y Monserrat Álvarez tuvieron relación con los asaltos en vivo y en directo a profesionales de la prensa que se encontraban realizando su labor en terreno.

Concretamente, se plantea que, en un fragmento donde se recuerda el asalto al periodista de CHV, Tomás Cancino, mientras cubría el atropello a un padre y a su hijo mientras se desplazaban en bicicleta en la comuna de Recoleta -resultando el adulto fallecido- se mostró en pantalla y en un loop repetido una serie de imágenes con los artículos destrozados a raíz del accidente.

Ante ello el Consejo Nacional de Televisión determinó cursar una infracción a la señal privada porque "redunda en la afectación de la honra, vida privada, intimidad e integridad psíquica del hijo y otros familiares cercanos al difunto", debiendo pagar otras 200 UTM.

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